Un prospecto defectuoso implica un medicamento defectuoso

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El Tribunal Supremo ha condenado a un laboratorio por los daños causados en los pacientes que estaban siendo tratados con un determinado fármaco por no especificar en su prospecto todas las consecuencias que podía provocar el consumo de ese medicamento.

Según la sentencia del Tribunal Supremo se puede considerar que un medicamento es defectuoso si el prospecto con el que se comercializa es defectuoso ya que los daños padecidos en la salud física y psíquica por el consumo del medicamento, no están previstos en la información facilitada al consumidor con la compra del medicamento como efectos secundarios.

Según la sentencia también se tiene que probar la relación de causalidad entre la ingesta de medicamentos y los efectos que produce.

El medicamento por el que ha sido condenado el laboratorio producía unos efectos adversos que no estaban contemplados ni en el prospecto, ni en la ficha técnica ni tampoco venía especificada la duración del tratamiento.

Al considerarse un medicamento defectuoso el laboratorio tendrá que hacer frente a una indemnización a los pacientes afectados por estas reacciones adversas.

Quien quiera conocer más información sobre esta indemnización por el fármaco defectuoso puede consultar la información publicada en diario de avisos

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