Después de que se haya finalizado la revisión del balance del beneficio riesgo del ranelato de estroncio, la Agencia Española de Medicamento y Productos Sanitarios (AEMPS) ha limitado su uso a pacientes con osteoporosis severa y alto riesgo de fractura.
Ya os hemos ido informando de las últimas noticias que han ido surgiendo desde que hace casi dos años se publicaron las nuevas contraindicaciones para este fármaco, desde entonces se han estado realizando varios estudios sobre el ranelato de estroncio para tratar de esclaracer si sus beneficios son o no más altos que sus riesgos.
El Comité de Medicamentos de Uso Humano ha estado revisando las recomendaciones del Comité para la Evaluación de Riesgos en Farmacovigilancia (PRAC), y ha considerado que el incremento del riesgo cardiovascular (infarto agudo de miocardio) asociado a ranelato de estroncio se puede controlar adecuadamente restringiendo su uso a pacientes con alto riesgo de fractura, sin patología cardiovascular y que además no puedan utilizar otra alternativa terapéutica.
La decisión de utilizar ranelato de estroncio debe basarse en la evaluación individual de cada paciente, valorándose además su riesgo cardiovascular antes del inicio del tratamiento y periódicamente durante el mismo.
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