Que el Real Decreto de Precios de Referencia está lleno de dudas no es ninguna novedad, pero el Consejo de Estado ha advertido al Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, que hay algunos artículos de este real decreto poco concretos, lo que podría ocasionar problemas en su puesta en práctica.
Uno de esos artículos considerados poco concretos por el Consejo de estado es el artículo 5, en el que señala lo siguiente, se «establece que cuando desaparezca un conjunto, los medicamentos que lo integraban y que sigan financiados por el SNS seguirán sometidos al precio de referencia existente cuando el conjunto se suprimió hasta tanto se proceda, en su caso, a una revisión del mismo».
Según el dictamen del Consejo de estado, esta previsión no puede quedar tan imprecisa, pues si el conjunto desaparece, desaparece todo el sentido del precio de referencia, de modo que, aunque se mantenga ese precio transitoriamente, deben ya establecerse unos plazos cortos para que pueda decidirse sobre si se mantiene o se varía el precio.
¿Se aclararán estas dudas o seguirá siendo tan ambiguo?