Segunda convocatoria de subasta de medicamentos en Andalucía

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La Junta de Andalucía ha inciado la segunda convocatoria de subasta de principios activos, después que el Tribunal Constitucional (TC) haya levantado la suspensión cautelar que pesaba desde julio de 2012 sobre el Decreto Ley de Medidas Urgente de Farmacia, interpuesto por el Gobierno central.

La Consejería de Salud y Bienestar Social de la Junta de Andalucía ha publicado hoy  la segunda convocatoria pública para adquirir medicamentos mediante una subasta que en esta ocasión incluirá 330 principios activos.

Esta nueva convocatoria de subasta de medicamentos es para la compra de 330 principios activos diferentes de 161 subgrupos farmacoterapéuticos de mayor consumo.
Entre estos principios activos destacan, por ser los fármacos de más consumo, los antihipertensivos, antidiabéticos orales, antidepresivos, antiepilépticos, tratamientos para la osteoporosis, fármacos antidemencia, antiinflamatorios, analgésicos, antipsicóticos y antihistamínicos. También se incluyen tratamientos para la hipertrofia benigna de próstata, para el colesterol, antiúlcera péptica o protectores gástricos y antiagregantes plaquetarios, no seleccionados en la primera convocatoria.
El objetivo de esta medida es que los medicamentos que se entregan en las farmacias andaluzas a los usuarios que acudan con una receta por principio activo sean seleccionados por convocatoria pública, de manera que se pretende aprovechar la economía de escala que supone seleccionar medicamentos para ocho millones de usuarios y conseguir con ello mejoras económicas por parte de la industria farmacéutica que repercuta en la sostenibilidad del sistema sanitario.
El consumo de los 330 principios activos que concurren a esta nueva subasta representa el 43 por ciento del gasto en recetas de medicamentos del 2011 y su coste supera los 844 millones de euros.
Las empresas seleccionadas firmarán un convenio con el Servicio Andaluz de Salud (SAS) de dos años de duración en el que se comprometen a, en el plazo de un mes, abastecer a las farmacias de los medicamentos seleccionados.
Por su parte, el SAS comunicará a las oficinas de farmacia que a partir de esa fecha tendrán que dispensar ese medicamento cuando se le presente una prescripción por principio activo.

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