Periodos de convencia de los precios de referencia

medicamentos

Hay novedades en el proyecto de Real Decreto de Precios de Referencia que el Gobierno ha remitido al Consejo de Estado para su dictamen.

En el proyecto del Real Decreto se han introducido periodos de convivencia para la distribución y farmacia.

Con esta modaficación del primer borrador del Real Decreto la distribución tendrá un periodo de 20 días desde la aprobación de cada una de las órdenes que creen conjuntos y actualicen precios, mientras que en el caso de las farmacias tendrán hasta el último día del primer mes siguiente a la aprobación de la orden, es decir un periodo aproximado de entre 10 y 40 días.

Por su parte, la industria tendrá que servir a precio de referencia nuevo desde el momento de entrada en vigor de cada una de las órdenes.

El primer borrador de este real decreto, que se emitió en septiembre del 2013, eliminaba todos los periodos de convivencia de precios que había estado vigentes hasta el momento, exceptuando el caso de que se aprobara una nueva orden, en este caso  la distribución tenía que servir a precio nuevo desde el día siguiente a la entrada en vigor del texto, mientras que a la farmacia, por cuestiones técnicas de facturación se le permitía dispensar a precio antiguo hasta el último día del mes.

Fuente: El Global

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